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Criptomonedas: ¿cómo es su Declaración de la Renta?

Criptomonedas

Si eres minero de criptomonedas y/o tu negocio realiza transacciones con ellas. Debes saber acerca de las criptomonedas en la Declaración de la Renta. En este post, te contaremos todos los detalles relevantes y qué requisitos se exigen para declarar estas monedas digitales ante Hacienda. ¡Sigue leyendo para obtener más información!

¡Antes de comenzar! Debemos aclarar que el contenido que te otorgamos, a continuación, es básico. Nuestra intención, no es hacer de esto una asesoría legal o brindar una opinión financiera experta en criptomonedas. La regulación fiscal de este dinero digital aún carece de factores para ser constituida como una moneda circulación oficial. Por lo tanto, apenas comienza abrirse camino en las legislaciones. 

Concepto de criptomonedas

Ahora sí, empezaremos por aclarar el concepto de criptomonedas y la función que cumplen en la red financiera. En primer lugar, para hablar de criptodivisas, es inevitable que se mencione el siguiente nombre: Satoshi Nakamoto. Nada más y nada menos que el creador del Bitcoin. La novedad de tener un sistema P2P que permitiera realizar transacciones de dinero en “efectivo electrónico” sin intervención de terceros. Marcó una pauta en el formato financiero. 

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A partir de esta idea, se hizo el lanzamiento de la primera criptodivisa Bitcoin (BTC). Estableciendo un nuevo concepto de flujo financiero. Y es lo que hoy conocemos como criptomonedas. Ahora, tratándose de dinero virtual, donde la criptografía es el elemento que las gestiona. Las transacciones deben pasar por tasas de cambio.

Personas en cualquier parte del mundo, pueden obtener estas criptomonedas y convertirlas en dinero físico. Todo esto, según la moneda nacional de su preferencia. Permitiendo a sus administradores, realizar cualquier tipo de actividad comercial.

Expansión de las criptomonedas en la red

Tras el Bitcoin, se crearon más redes con el mismo propósito de manejar monedas virtuales. Por ejemplo: Ethereum (ETH), Ripple (XRP), Binance Coin (BNB), Cardano (ADA), Dogecoin (DOGE), Polkadot (DOT), etc. Pero, ¿cómo es el régimen de estos sistemas para el Estado?

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Si se tiene en cuenta el uso de las criptomonedas, a nivel mundial, se podría decir que los países tienen cierto control legislativo sobre este fenómeno. Pero este no es el caso. Las criptomonedas, aún siguen siendo objeto de discusión en muchas naciones. En cuanto a la regulación de su sistema e influencia fiscal, se refiere. Sin embargo, tampoco está tan atrasado. De hecho, en España se hizo oficial esta forma de pago desde el 2015.

La tributación de las criptomonedas en la Declaración de la Renta

Y, hablando de España, las criptomonedas pasaron a ser parte de las contribuciones que se le deben dar al Estado. Eso sí, hay ciertas condiciones que aplican para que las personas realicen este trámite. Porque no todos los contribuyentes de impuestos, que generan ingresos con criptodivisas, están obligados a declararlas.

Deberán declararse los ingresos que se generen de las nóminas, alquileres, intereses, dividendos y ganancias de criptomonedas. Siempre y cuando superen la cifra de los 1.000€. A partir de este excedente, no importa si las ganancias en criptodivisas sean mínimas -pudiéndose considerar extensas-. Independientemente de, el contribuyente debe declararlas.

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No obstante, se hace la excepción en casos de pérdidas. Siendo opcional para declarar o pasarlas por alto. Sin embargo, se recomienda a los contribuyentes que lo hagan de todas maneras. Por motivos de compensación a futuro (pérdidas y ganancias).

Las criptomonedas y la Ley de prevención y lucha contra el fraude Fiscal

La razón de que las criptomonedas están presentes en la Declaración de Renta, es gracias a la Ley 11/201 de 9 de julio. El objetivo de esta regulación, es poder generar mayor transparencia en las actividades comerciales que se realizan con las criptomonedas. Permitiéndole a los usuarios tener una garantía y confianza por parte del sistema tributario del Estado.

Dentro de esta Ley, se especifican ciertos términos en relación a las obligaciones que tienen los contribuyentes con Hacienda. Por ejemplo: que las personas o empresas deben informar con detalle cada ingreso de las operaciones realizadas con las criptomonedas. Además de identificar a los titulares. 

Y, por otro lado, pide que los contribuyentes declaren solamente los Exchanges. Siempre y cuando estén dentro de los lineamientos que establece la Ley. E igualmente, deberán indicar una serie de datos relevantes a la Declaración de Renta. Por ejemplo: la identificación fiscal, las fechas de las operaciones que se hicieron, los domicilios y el precio.

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¿Cómo se presentan las criptomonedas en la Declaración de la Renta?

Ahora, el tema que más compete a los contribuyentes obligados a declarar son las criptodivisas. ¿Cómo declarar la Renta de estas monedas digitales? A continuación, te haremos una breve introducción de lo que encontrarás en la casilla 46: “Saldos en monedas virtuales”. Pero antes, te presentamos los elementos principales que debes reconocer para la Declaración de Renta:

  • Ganancias y pérdidas por transferencias: 

Se trata de los ingresos que se obtienen por el traspaso de compraventas comerciales, Exchange de criptomonedas, Trading, cambio de divisas, etc. En fin, todo lo relacionado a las operaciones que realizas en este sistema.

  • Rendimiento del Capital: 

Son los intereses que se crean al hacer uso de las Wallets para realizar las transferencias. Una de las plataformas más usadas para esto es Binance, que no solo te permite realizar transacciones. También mantiene un registro financiero, con beneficios de intereses y rendimientos automáticos, que deberás declarar luego.

  • Actividad económica en minería:

Al tratar con criptomonedas, no se puede omitir mencionar la actividad que más impulsa a los usuarios, entrar a esta red. El minado de éstas. Y, aunque lo hemos mencionado anteriormente, el Trading y la compraventa de criptodivisas es muy importante si quieres que tu economía crezca en este formato financiero.

Casilla 46 en el Impuesto sobre el Patrimonio

El Impuesto sobre el Patrimonio (IP), es un complemento del Impuesto sobre la Renta de Personas Físicas (IRPF). Aunque, el primero se distingue por una cosa en particular, que el otro no tendrá. Y es la casilla 46 del apartado de “Otras ganancias y pérdidas que derivan de la transmisión de elementos patrimoniales”. La representación, de esta casilla, vienen siendo los saldos que se tienen con las criptodivisas. Mismos que te hemos mencionado, párrafos atrás.

Los aportes de ganancias y pérdidas por transferencias y rendimientos serán destinados a la Renta. Partiendo de las siguientes estimaciones: De 0 a 6.000€ (19%) – 6.000 a 50.000€ (21%). Superiores de 50.000€ (23%) y las de 200.000€ (26%). En cuanto a las ganancias y pérdidas -sin transmisión- y la minería, son del 18% al 47% de Renta General.

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Es muy importante realizar los cálculos correspondientes a los porcentajes que determinan las operaciones con las criptomonedas. Dado a que es un gravamen del patrimonio neto asociado a las personas físicas que tienen esta obligación. Por otro lado, debes asegurarte de cuáles son los ingresos mínimos que se exigen en tu comunidad autónoma. Porque suelen variar dependiendo de la locación.

Sanciones a contribuyentes que no declaran las criptomonedas

En España existe un Proyecto de Ley sobre las medidas de prevención y esfuerzos por detener el fraude fiscal. Y esto incluye a las operaciones con criptomonedas. Siendo consideradas como un riesgo fiscal para el Estado. Por lo tanto, se emplean sanciones necesarias a las faltas de declaración de impuestos competentes a las criptodivisas.

Pero, ¿de cuánto es la multa por no declarar las criptomonedas? Definitivamente, no es una sanción que los contribuyentes quieran tener en sus deudas. Se estima que la infracción puede iniciar desde los 5.000€ a 10.000€. 

Y el monto varía según la gravedad de la infracción que cometas. Por ejemplo, se estima 5.000€ a los contribuyentes que traten de ocultar información sobre el uso de las criptomonedas. Y traten de engañar a las autoridades para evadir los impuestos. En cuanto a la falta de información en la Declaración de la Renta, omisión o descarte en detalles importantes, así como ingresos falsos o inexactos. Equivale a una sanción de 10.000€.

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También se aplicará una sanción por declaraciones de Renta que no sean presentadas por vía telemática. Siempre y cuando esté implícito la orden del formato. Dichas multas para la Renta, serán aplicadas a un 26% de la deuda mínima.

Las criptomonedas en la declaración del IVA y el IAE

Aparte de la presentación del Modelo 714, correspondiente al Impuesto de Patrimonio. También se establecen ciertas normativas para los inversores con acciones superiores al 10% del capital, en el Modelo D-6. Incluyendo los que tienen derechos de voto en relación a las empresas que se cotizan fuera del territorio español. Estos requisitos, han sido abocados y pueden revisarse en el Boletín Oficial del Estado.

Por otro lado, la minería de las criptomonedas. A pesar de que influyen en la Declaración de la Renta, están exentas del Impuesto de Valor Añadido (IVA). La razón, se debe a que este tipo de transacción no está constituida por un cliente o proveedor, per se. 

Es decir, la prestación del servicio tiene carácter unilateral y, por lo tanto, no se emite ninguna factura. Y sin factura, no hay IVA. No obstante, se deben declarar las actividades de ventas que se realicen con las criptomonedas. Pero los contribuyentes estarán exentos de realizar el pago de este impuesto.

En el IRPF, los cambios de Bitcoins, por la moneda nacional u otras criptodivisas, se catalogan como rendimientos de actividades económicas. Debido a que estas terminan siendo parte de los artículos que se prestan para realizar compraventas.

Otros servicios financieros n.c.o.p.

Para efectos del Impuesto de Actividades económicas, las operaciones con criptomonedas, se clasifican como n.c.o.p. ¿Qué quiere decir esto? Pues, según la regla 8va de la Instrucción para la aplicación de las Tarifas relacionadas a las actividades empresariales. Las criptodivisas son actividades “no clasificadas en otras partes”. 

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Esto significa, que tendrán una tarifa especial que se sujete a las características correspondientes a la regla. La cual puedes verificar en el Real Decreto Legislativo 1175/1990 de 28 de septiembre (epígrafe 831.9).

Las criptomonedas y las billeteras virtuales

También conocidas como “Wallets”, son uno de los medios predilectos para el almacenamiento de criptodivisas. Para las personas que desconocen este sistema, puede resultar un tanto complicado. Sin embargo, funcionan igual que un cajero automático análogo, pero posee otras opciones adicionales. Y con ellas, ciertas ventajas. Por ejemplo:

No necesitas una tarjeta física ni estar afiliado a una banca. El sistema de billeteras virtuales funciona cuando los usuarios, se registran en la aplicación con sus datos y crean una contraseña. En el caso de Binance, al momento del registro, deberás proporcionar una serie de datos (nombre y apellidos, país, moneda, etc.). Además, deberás seguir los pasos que te indican para establecer la seguridad de tu información en el sistema.

Así que solo debes tener a la mano un correo electrónico y un documento de identificación oficial (pasaporte o DNI). Por último, asegúrate de imprimir o guardar el código QR que genera el sistema. Este contiene todos los datos relacionados a tu cuenta.

Para realizar transacciones, se te otorgará una dirección de la Wallet que has creado. Este dato, es crucial para realizar las actividades económicas con terceros. La deberás suministrar a los usuarios, para recibir criptomonedas (compra) o solicitar la dirección de éstas en caso de venta.

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Ahora, ¿cómo se realizan las transacciones en la billetera virtual a los cajeros automáticos tradicionales? En España, el trámite para obtener los ingresos de criptomonedas a papel moneda, es muy fácil. Inicialmente, deberás realizar el depósito en euros (según la cantidad de criptomonedas que equivalgan a la cifra que quieres retirar).

Luego, verifica que la dirección de la billetera donde se enviará el dinero, sea correcta. Confirma el importe y compra las criptodivisas. El retiro de este dinero puedes hacerlo en los distintos cajeros de Bitcoins que se encuentran desplegados por el país. Madrid, Barcelona, Palma de Mallorca y Málaga, son algunas de las áreas donde se encuentran. 

Conclusión

¡Listo! Ya sabes todo acerca de las criptomonedas en la Declaración de la Renta. Ahora bien, si aún no has iniciado en el mundo de las Bitcoins y sus pares. Te recomendamos buscar la asesoría de expertos en finanzas y uso de estas criptodivisas. 

Por otro lado, consulta sobre las legislaciones referentes, para tener un mejor control de tu actividad comercial en la moneda virtual. Y recuerda mantener tu negocio libre de movimientos ilícitos. ¡Cumple con la obligación de declarar todos los impuestos que te correspondan!

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