Impuestos sobre Actividades Económicas (IAE), ¿aún no sabes cómo declararlo? En este post te daremos toda la información acerca de su tributación, elementos y regulación. Te invitamos a que leas todo hasta el final, para no perderte ningún detalle.
El Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE) tiene jurisdicción en los ayuntamientos y organismos locales de España. A pesar de que sus leyes están impuestas por el Estado. Su base imponible se establece según el volumen de ingresos. Ya sea de empresas, profesiones u otras actividades (artísticas) relacionadas a los epígrafes del IAE.
Tabla de Contenidos
¿Qué es el IAE y quién está obligado a declarar?
Toda persona sujeta a las actividades empresariales en España, debe realizar la declaración de este impuesto. Los ejercicios que están relacionados al IAE podrán ser encontrados en los artículos 79 al 92, 124 y en las Disposiciones Transitorias 3ª y 11ª de la Ley 39/1988 del 28 de diciembre. No obstante, hay ciertos contribuyentes que están exentos a presentar el impuesto. Y se basa en las siguientes condiciones que nombraremos a continuación:
- Al comienzo de las actividades: durante los primeros 2 años, los contribuyentes quedan exentos del IAE. Al inicio del tercer año, sí deben cumplir con la obligación tributaria.
- Todas las sociedades mercantiles y otras organizaciones que tributen al Impuesto de sociedades (IS). Siempre y cuando su patrimonio neto se mantenga por debajo de los 1.000.000€, según el artículo N°35.4 de la Ley General Tributaria.
- Aquellos contribuyentes que cumplan con el Impuesto de la Renta de No Residentes. Específicamente los que no poseen una empresa permanente en el país y tienen ingresos menores a 1.000.000€.
- Entidades que se encargan de la gestión de la Seguridad Social y Mutualidades de Previsión Social. Así como Organismos públicos relacionados a la Investigación y a la enseñanza. Principalmente los que reciben financiamiento público. Incluyendo las subvenciones.
- Las personas físicas no están sujetas a ninguna obligación de este impuesto. Dígase a todas las que no ejercen una actividad profesional. Incluyendo Sociedades, comunidad de bienes, fundaciones o asociaciones (sin personalidad jurídica) para personas discapacitadas a nivel físico, psíquico y sensorial.
Teniendo esto en cuenta, podrás determinar si estás exento de tributar en el Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE). O, de lo contrario, si estás en la obligación de hacer las declaraciones correspondientes al ejercicio. Por otra parte, se consideran exentos los ejercicios dentro de las actividades que mencionaremos, a continuación:
- Traspaso de bienes y derechos integrados en el activo fijo de las empresas. Específicamente las que figuran en inventarios de carácter inmóvil y con más de 2 años de anticipación a la fecha de transmisión. Siempre y cuando dichos bienes hayan sido utilizados durante ese período. Tanto los de uso particular como los privados.
- Venta al por menor durante una sola transacción u operación aparte de las actividades económicas de la empresa.
- Venta de productos que son pagados por servicios profesionales o trabajos personales.
- Exhibición de artículos y/o productos con el propósito de decorar el local o establecimiento. Siempre y cuando no estén incluidos objetos que son para regalarle a los clientes. Si es así, el IAE, será aplicado.
¿Qué debo hacer para presentar el IAE?
Inicialmente, para cumplir con las obligaciones del importe en el IAE, debes saber que hay ciertos trámites que lo anteceden. Por ejemplo, darte de alta o de baja. Incluso hasta notificar si hay una variación de datos de la actividad comercial.
La base imponible de los ingresos que realiza tu negocio, será determinada por el excedente de un millón de euros. En el caso de ser un emprendedor o empresa que realiza distintas actividades económicas. Deberás presentar el Modelo 840 ante la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT). Pudiendo hacerlo de forma telemática, a través de su plataforma oficial: sede.agenciatributaria.gob.es.
Nota
Para el pago de cuotas municipales que corresponden a entidades locales -con delegación censal- es ante la Administración Municipal con el Modelo que te indique el órgano en cuestión.
Plazos para darte de alta, la baja o de variación
En caso del cese de actividad empresarial, debes darte de baja, a partir del mes que has parado la producción. Mientras que la declaración para dejar de ser un contribuyente exento del impuesto es durante el mes de diciembre. Siempre y cuando sea del año en curso.
En caso del cese de actividad empresarial, debes darte de baja, a partir del mes que has parado la producción. Plazo que también se aplica en la declaración por variación. Y este trámite en particular, deberá presentarse con el Modelo 840 ante la AEAT.
Ahora bien, si tu empresa queda exenta o no esta sujeta a las obligaciones del IAE, es un método diferente. Tendrás que usar el Modelo 036 o en sus defectos el Modelo 037. En este formulario, deberás indicar los epígrafes que correspondan a la actividad comercial que te corresponde.
Por otro lado, está la declaración de comunicación del importe neto de cifra de negocios, donde notificas tus ingresos a Hacienda. La cual se presenta anualmente durante el 1 de enero al 14 febrero con el Modelo 848. Siempre y cuando tus ganancias sean superiores a 1.000.000€ y no estés dentro del periodo de exención.
¿Cuáles son los epígrafes y tarifas a tributar en IAE?
Las operaciones comerciales que están sujetas al Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE) son varias. Y todas ellas están descritas en el Real Decreto de Ley 1175/1990 de 28 de septiembre. Incluyendo las que están exentas del impuesto.
Es importante que leas este Decreto para determinar si estas obligado o no a tributar en el IAE. Además, te servirá para identificar el epígrafe expuesto en los Modelos 036 y 037. Recuerda que, según la actividad que realice tu empresa, tienes ciertas obligaciones.
Ejemplo: puedes que tu compañía queda exenta del IAE, pero del Impuesto sobre la Renta de Personas Físicas (IRPF). Y esto incluye las condiciones de algunos contribuyentes que pueden deducir algunos gastos, presentar documentación adicional, etc. En fin, hay muchos factores que debes tomar en cuenta, antes de considerar el desembolso por impuestos.
Retomando la respuesta de donde ubicar las actividades económicas. Hemos mencionado la existencia de epígrafes. Los cuales indican con exactitud cuál actividad es la que se realiza en el sector empresarial de España. Cada una de ellas están distinguidas por números del 000 al 999. Y se clasifican según el tipo y operaciones que se realizan en cada una de las actividades económicas.
Además de esto, se podrá encontrar las tarifas correspondientes a la actividad en concreto. Puede ser plana o variar según las condiciones que tenga la actividad. Por ejemplo: la medida del consumo eléctrico, los metros cuadrados, niveles de producción, etc.
Lista de las actividades económicas según epígrafes
A continuación, te ofreceremos un listado de los epígrafes de las actividades que están sujetas al IAE. Te las mencionaremos según las secciones y ejercicios. Es decir: actividades empresariales, profesionales y artísticas. ¡Toma nota de la que corresponde a tu empresa!
Sección N°1: Empresariales (Ganadería – Minería – Industrial – Comercial – Servicios)
- Ejercicios 0: Ganadería independiente (explotación de ganado bovino ovino, caprino, porcino. Avicultura y Cunicultura. Otras explotaciones n.c.o.p. y mixtas similares).
- Ejercicios 1: Energía y agua. Dígase de la extracción, preparación y acumulación de combustibles sólidos y coquerías. Refinación de petróleo, producción, transporte y distribución de agua caliente, electricidad, etc.
- Ejercicios 2: Extracción de minerales no energéticos y productos derivados. (Industria química, de minerales no metálicos ni energéticos, producción y primera transformación de metales.
- Ejercicios 3: Industrias transformadoras de los metales, mecánica de precisión.
- Ejercicios 4: Otras industrias manufactureras. (Textil, calzado y vestido, de madera, corcho, muebles, papel para artes gráficas y edición, etc.).
- Ejercicios 5: Construcción (Edificación, obras civiles, acabados, preparación y montajes, servicios auxiliares, etc.)
- Ejercicios 6: Comercio, restaurantes, hospedaje, reparaciones.
- Ejercicios 7: Transporte y comunicaciones.
- Ejercicios 8: Instituciones financieras, seguros, servicios prestados a las empresas y alquileres.
- Ejercicios 9: Otros servicios. (Educación, sanidad y servicios veterinarios, personales, culturales y recreativos, etc.).
Sección N°2 – Profesionales
- Ejercicios 0: Profesionales relacionados con la agricultura, ganadería, caza y pesca.
- Ejercicios 1: Profesionales de las actividades propias de la energía, agua, minería y de la industria química. (Doctores y licenciados en ciencias biológicas, ingenieros Agrónomos y de Montes).
- Ejercicios 2: Profesionales de las industrias de la aeronáutica, de la telecomunicación y de la mecánica de precisión.
- Ejercicios 3: Profesionales de industrias manufactureras.
- Ejercicios 4: Profesionales de la construcción.
- Ejercicios 5: Profesionales del comercio y la hostelería.
- Ejercicios 6: Profesionales del transporte y las comunicaciones.
- Ejercicios 7: Profesionales en actividades financieras, jurídicas, de seguros y alquileres.
- Ejercicios 8: Profesionales de otros servicios. (Sanidad, artes, enseñanza, servicios de limpieza, etc.)
Sección N°3 – Artísticas
- Ejercicios 1: Actividades asociadas al cine, teatro y circo.
- Ejercicios 2: Actividades asociadas al baile.
- Ejercicios 3: Actividades asociadas a la Música.
- Ejercicios 4: Actividades asociadas al Deporte.
- Ejercicios 5: Actividades asociadas a Espectáculos taurinos.
Cálculo del IAE
Las actividades que se contemplan en el Impuesto sobre las Actividades Económicas (IAE) se derivan de las actividades comerciales, industriales, mineras y de servicios relacionados con dichos sectores. Pero, ¿cómo se calcula el importe?
En el artículo N°86 del Real Decreto Legislativo 2/2004 de 5 de marzo, se estipulan las tarifas del IAE. Para saber el monto que te corresponde pagar, solo debes multiplicar la cuota ponderada por el coeficiente de ponderación. Todo esto, según los ingresos que generan anualmente. Por ejemplo:
El importe neto de la cifra de negocios suele ser de 1 millón hasta cinco millones de euros o desde 5 millones hasta 10 millones de euros. Incluso pueden ser más de 10 millones o sin cifra neta de negocio, como tal.
Independientemente del resultado que obtengas, será la cuota a ponderar. Para saber el coeficiente, deberás consultar cuál es que se usa en la localidad misma donde desarrollamos la actividad económica. El cual, puede ser entre 0,4% a 3,8%. Una vez que sepas cuál es, realiza la multiplicación. ¡Listo! Ya tienes el resultado de la cuota incrementada.
No obstante, al obtener el resultado de la cuota se incrementa. Procedemos a multiplicar la cuota ponderada por el porcentaje de recargo provincial. Y luego, sumamos ese resultado con el que obtuviste de la cuota incrementada. El resultado de estas operaciones, será nada más y nada menos que la tributación del IAE. Así que, recuerda las siguientes fórmulas:
- Cuota (por tarifa) x Coeficiente % = Cuota ponderada.
- Cuota % x Recargo provisional % (o coeficiente de situación) = Cuota incrementada.
- Recargo provisional % x Cuota Ponderada = X€.
- Cuota incrementada + POR€ = Importe (IAE).
¿Qué impuestos están asociados al IAE?
Hasta ahora, hemos podido cubrir gran parte del contenido referente al Impuesto sobre las Actividades Económicas (IAE). No obstante, aún tenemos más información para darte. Por ejemplo, los tipos de impuestos que están relacionados con las actividades económicas de una empresa. A continuación, te decimos cuáles son y porqué son tan importantes:
- Impuesto sobre la Renta de Personas Físicas (IRPF)
Este importe se aplica para las actividades profesionales que realizan las personas físicas. Siendo estos autónomos e inscritos en el epígrafe de las actividades profesionales que se especifican en la sección 2. De cualquier forma, estos profesionales deberán tributar desde un 15% o 7%, dependiendo de los ingresos.
- Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA)
Está dividido según el consumo de los productos y servicios que tienen los clientes y proveedores. Pudiendo ser IVA General (21%) IVA Reducido (10%) y el IVA Superreducido (4%). Cada uno será aplicado, según la compraventa que se realice dentro de las actividades económicas de la empresa.
- Aplicación de recargo por equivalencia
Este impuesto se deriva de un régimen especial para comerciantes autónomos, personas físicas y comunidades de bienes. Específicamente los que realizan la venta de un producto final. Es decir, vende el producto sin ningún tipo de modificación en su transformación o cambio de componentes.
Conclusión
¡Hemos llegado al final de este artículo! Te dimos toda la información necesaria sobre el Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE). Ahora solo debes estar atento a los plazos de declaración. No sin antes, haber identificado la actividad económica que corresponde a tu empresa o negocio.
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