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Impuestos: origen, tipos y función

Impuestos

Los impuestos son considerados la fuente de ingresos más importante del sector público. Basándose en la transmisión de tributos que el contribuyente debe aportar al Estado. Dígase: municipio, alcaldía u otro ente de rango inferior.

En la gran mayoría de los países modernos, los ciudadanos están obligados a pagar estos impuestos, para mantener sus actividades financieras. Incluyendo las que tienen un objeto y servicios de subsidio a la sociedad (becas universitarias, programa de subvenciones, etc.).

Los impuestos directos e indirectos

En los impuestos, no existe una contraprestación directa para los contribuyentes. Es decir, no hay garantía de que las personas se beneficien económicamente de sus pagos de forma directa. Sin embargo, al presentar las tributaciones, la contraprestación puede llegar a ser indirecta.

Pero, ¿a qué nos referimos con “contraprestaciones”. Una contraprestación se define en términos del Derecho como: “Prestación que debe una parte contratante por razón de la que ha recibido o debe recibir de la otra”Diccionario de la Real Academia Española.

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Por lo tanto, entendemos por “contraprestación indirecta” a los servicios que otorga el Estado, para mejorar el bienestar social del país. Por ejemplo: optimización en los servicios de transporte público, electricidad, calles, educación, salud, etc.

En fin, todo el sistema socio-económico se rige por los impuestos directos e indirectos. De hecho, las sociedades que no pagan impuestos o se encuentran en un déficit fiscal. Tienden a perder valor en sectores de gran importancia para el mercado y hasta para los mismos contribuyentes. Sin impuestos, la calidad de vida disminuye, junto con otros factores que debilitan la estructura pública del gobierno.

Evolución de los impuestos

Para entender un poco más acerca de los impuestos, debemos dar un vistazo al comienzo de esta reforma durante las sociedades de Grecia y Roma durante la Edad Antigua. Al principio, los impuestos tenían un papel meramente comercial, para el transporte de mercancía importada. No obstante, para aquel entonces, las tributaciones con mayor peso las tenían las alcabalas. Es decir, en el comercio interno.

El propósito de estos importes era obtener fondos adicionales que servían de subsidio durante la guerra. Imponiéndose de forma temporal, como cobro sobre el patrimonio neto. Enfocándose más que todo en los bienes inmobiliarios y la explotación agrícola. Más adelante, las exacciones comprometieron a otros bienes y servicios que servirían para los efectos.

Inicialmente, los impuestos se establecieron en Roma con intención de poder distinguir el comercio entre los territorios conquistados (nativos y residentes). Siendo impuestos con carácter directo, para el consumo y derechos aduaneros o aranceles (mercancía importada). 

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Aparte, existía el Tributum, con representación de impuesto personal por los ciudadanos que debían pagar cierta cuota por consumo. Luego, cuando el Estado se vio en la necesidad de exigir más dinero, la base de impuestos aumentó hasta extender sus cobros a la posesión de bienes inmuebles y rústicos. 

El impuesto de la centésima de Julio César

Durante el Imperio Romano, se proclamó un impuesto llamado “centesima rerum venalium”. Que, en español se traduce Impuesto de la centésima parte de todas las ventas. Para entonces, se podría decir que este tipo de tributación, viene siendo la base de del aporte tributario moderno.

Al principio, Julio César utilizó este sistema tributario para las exacciones sobre la herencia. Inicialmente cobrando una vigésima hasta una décima parte del valor que tenía la misma. Ahora, el traslado de este sistema a la Edad Media, sufre unos cambios en cuanto al designio de las obligaciones tributarias para con los ciudadanos.

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Ya no se trataba de establecer impuestos para el beneficio propio del Estado, sino también para sus ciudadanos. Dándole paso a la contraprestación indirecta que mencionamos al principio. Por lo tanto, los impuestos medievales se exigían para y por servicios de trabajo y en especie. Por ejemplo: tránsito de pasajeros, mercancías, en ferias y mercados.

Además, la obligación de pagar impuestos recaiga tanto en los consumidores, distribuidores y los productores. Teniendo una equivalencia que, en la antigua Roma, no había. Aunque, al final de esta época, hubo algunas ciudades italianas y alemanas que instauraron nuevamente el impuesto directo. Solo que esta vez los seccionaron según el capital (para pobres y ricos).  

Impuestos y su importancia mercantil en los S. XV y XVI

El tiempo donde se formaron las Naciones/Estado de España, Francia e Inglaterra. Incluyendo la expansión ultramarina y las numerosas guerras por el dominio de Europa. Vuelven a establecerse los impuestos con el propósito de financiar las actividades bélicas. Y como era de esperarse, las tributaciones aumentaron para el pueblo.

Teniendo en cuenta que, para esta época, el mercantilismo por la explotación minera del oro y la protección de la industria nacional estaban en pleno auge. Lo que hizo más urgente el aumento de las contribuciones al Estado para poder sobrevivir a la demanda económica que exigía la guerra y la protección de las naciones.

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Por lo tanto, se aplicaron gravámenes en la explotación agrícola, propiedades urbanas e industriales. Incluso las obtenidas del capital y del trabajo. Hasta extenderlos al tráfico sobre el movimiento de bienes y consumo.

Impuestos en la edad moderna 

Finalmente, llegamos a los tiempos modernos, donde podemos conciliar un mejor manejo de impuestos, obviamente más avanzado y segmentado. Ahora, ¿quién estableció la estructura? Si aún no lo sabes, estás de suerte. ¡Fue Adam Smith!

El economista y filósofo escoses, fue quien estableció los 4 principios del sistema impositivo moderno. Y son éstos, los que sirven de base para el sistema tributario que conocemos actualmente.  A continuación, te diremos cuáles son:

  1. Las personas, dentro del Estado, deberán apoyar, mediante contribuciones al Estado, para soportar los gastos del gobierno. Siempre y cuando sea proporcional a sus ingresos y actividades económicas.
  2. “El impuesto que cada contribuyente esté obligado a pagar debe ser cierto y no arbitrario”. Es decir, siempre debe establecerse, previamente, el qué, la forma de pago, la cantidad exacta del aporte y fecha de liquidación.
  3. Todos los impuestos deben ser requeridos durante un tiempo y forma de pago que beneficie al contribuyente.
  4. Los aportes de los impuestos no deben exceder el límite y/o la capacidad de ingresos que tienen sus contribuyentes. Con la finalidad de prevenir el empobrecimiento del pueblo (causas de la desviación fiscal).

Tipos de impuestos

Ahora que ya sabes el origen de los impuestos, pasaremos a informarte sobre sus diversas maneras de ejercer en el sistema tributario. Es muy probable que ya sepas la clasificación de algunos impuestos. Pero, de todas maneras, te los daremos para que puedas hacerle un repaso.

  • IVA (Impuesto de Valor Añadido o Agregado): su funcionalidad es de contraprestación indirecta. Y va dirigido al gravamen de productos dentro del mercado. Aunque hay algunos con ciertas condiciones que les permiten estar exentos de IVA.
  • IRPF (Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas): también denominado como impuesto “personal”. Es de contraprestación directa y su carga tributaria resulta progresiva, según el gravamen de rendimientos económicos que tenga una persona.
  • IBI (Impuesto sobre Bienes Inmuebles): al igual que su antecesor, es un impuesto directo. Y su función, como su nombre lo indica, es gravar el valor de un bien inmueble.
  • IP (Impuesto sobre el Patrimonio): se enfoca en el gravamen total de todos los bienes que posee el contribuyente, sea persona física o jurídica. También conocido como: Impuesto sobre la riqueza o fortuna.
  • ISD (Impuesto sobre sucesiones y donaciones): es el que grava los patrimonios asociados a herencias, legados, donaciones, etc. Siempre y cuando cumplan con los requisitos avalados por la Ley.
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Características esenciales de los impuestos

En todo sistema, hay elementos que lo conforman, y los impuestos no son la excepción a la regla. Así que, teniendo en cuenta los distintos tipos de impuestos que hay. Debes saber que su estructura interna mantiene los mismos lineamientos, para proceder al cobro de los aportes de cada contribuyente. A continuación, te decimos cuáles son sus elementos esenciales:

  1. Hecho imponible: es básicamente la razón del pago. Siguiendo el estatuto del segundo principio de Adam Smith, hay que recordar que todo impuesto debe tener un porqué justificado.  
  2. Sujeto pasivo: terminología que se acredita a las personas contribuyentes, sean naturales o jurídicas. 
  3. Base imponible: conocido mejor por “monto” de base para el cálculo de los impuestos. Independientemente de qué tipo de impuestos se esté calculando. 
  4. Tipo de gravamen: es el porcentaje de base, por el cual calculamos el monto que debemos pagar por impuesto. 
  5. Cuota tributaria: la parte final y la más importante de todas. El pago total del impuesto.

Impuestos según tipo de gravamen

  • Proporcionales o planos: se caracterizan por aplicar una tasa fija o en todo caso porcentaje, independientemente del gravamen que tenga el producto o servicio.
  • Progresivos: son los que se aplican con porcentajes propensos al aumento. Siendo proporcional a una renta o retribución mayor.
  • Regresivos: al contrario de los progresivos, estos impuestos tienden a disminuir el porcentaje de cálculo con ganancias o renta mayores.

Impuestos objetivos y subjetivos

Estos tipos de impuestos se aplican exclusivamente al sujeto pasivo. Los de carácter objetivo son aquellos que no toman en cuenta las condiciones del contribuyente. Es decir, no permiten el reclamo o pruebas para deducir los ingresos. Ya sea para calcular la cuota como para pagar el impuesto. A diferencia de los subjetivos, que sí pueden justificar una disminución o cálculo del importe más coherente a sus actividades.

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Por otra parte, están los impuestos que pueden ser instantáneos o periódicos. Los primeros, como su nombre lo indica, son los que se cobran automáticamente tras realizar la compra de un producto o servicio. Esto suele suceder con el IVA incluido en los productos de un supermercado, por ejemplo.

Mientras que, los impuestos periódicos, son los que se deben pagar dentro de los plazos que se estipulan en el órgano o ente administrativo. Como lo es en el caso de la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) en España. Las fechas, siempre deberán ser anunciadas previamente a la presentación de declaraciones de impuestos. 

Al mismo tiempo, los órganos administrativos deben cumplir con las normativas de la Ley. Esto en cuanto a las devoluciones o reducción de montos en los pagos que los contribuyentes hacen a tiempo. O, en todo caso, que el ente haga los recargos e impute sanciones a los contribuyentes, por pagos a destiempo.

Los impuestos y las tasas de servicios públicos

En cuanto a los impuestos quedan exentos de la utilización de productos. Existen tasas reguladas por la Ley, que permiten otro tipo de transacción económica referente al uso de servicios. Dígase de un abastecimiento de agua, un vado permanente, gas, etc.

Es muy importante destacar, que las tasas, no representan ni reemplazan el papel que tienen los impuestos dentro del sistema tributario. De hecho, son un pago que realizan las personas por hacer uso exclusivo de un servicio. De lo contrario, si una persona no utiliza dicho servicio, no tiene la obligación de pagar.

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Para tener más clara la noción de las tasas, te explicamos brevemente cómo están constituidas, según la Ley General Tributaria, artículo 2.2 Letra a). En primer lugar, establece a los impuestos, cuyo objetivo financiero, es para el uso privado o aprovechamiento especial de domino público. Siendo los mismos que prestan sus servicios o imparten actividades en régimen de derecho público.

Al mismo tiempo, se aclara que estos impuestos pueden afectar o beneficiar de forma individual al contribuyente (en el pago). Siempre y cuando dichos servicios y actividades no sean de solicitud o recepción voluntaria. Incluyendo el no prestar o realizarlos por el sector privado.

Tipos de tasas tributarias

  • Estatales: son aplicadas por el Gobierno Central por servicios prestados a través del Gobierno Nacional.
  • Locales: tipos de tasas que se aplican directamente por el ayuntamiento. Y dirigidas a las personas que tienen actividades y servicios relacionados con su localidad (municipio, calle, alcaldía, etc.).
  • Administrativa: son aquellas que se especifican por el uso de un servicio público como la expedición del Documento Nacional de Identidad (DNI), por ejemplo.
  • Autonómicas: igualmente aplicadas por el Gobierno, pero estas van dirigidas a la Comunidad Autónoma o religión correspondiente.

Conclusión

Te hemos podido brindar gran parte de la información esencial que representan los impuestos. De por sí, este es un tema muy extenso y requiere de tiempo y dedicación para poder analizar cada uno de sus aspectos. Sin embargo, ya has dado el primer paso. Ahora que sabes acerca de impuestos en general, te invitamos a que indagues sobre el IVA o la declaración de la renta. Ambos temas, te pueden ser de mucha utilidad.

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